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Kevuardo
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Re: Noticias destacadas (16ª sesión)

Mensaje por Kevuardo »

"Dejando de lado dónde y cuándo me dais sopas con hondas, sigo queriendo morir en esta colina."

Y si eso no funciona, ya te buscas una excusa para no responderme, como decir que te estoy vacilando.

"ES QUE NO SE PUEDE DEBATIR PORQUE DEJO DE TENER RAZÓN."
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dswitchfofo
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Re: Noticias destacadas (16ª sesión)

Mensaje por dswitchfofo »

Capitan Pillo escribió: Jue Sep 21, 2023 5:04 pm Que, by the way sospecho que mamá no te lo explicó, tu CULTURA ESPAÑOLA WALALALALA OLE TOROS PAELLA. Es en un aplastante cantidad, musulmana JOAJOAJOAJOAJOJO
En ningún momento dije que la cultura española no mamara de la musulmana, todo lo contrario JKAJKAAJKAJKAJK
dswitchfofo escribió: Mié Sep 20, 2023 12:59 pm España fue un país islámico en su momento con la conquista de los musulmanes y claramente hemos sacado muchas cosas tanto buenas como malas de ahí.
Y bueno por si había alguna duda, está claro que no toda la cultura de España se reduce a toros (que como dato me parece mierdosa a más no poder) y comida. Hay una cosa que se llama "Historia" la cual he dado en la ESO que me ha enseñado muchas cosas bonitas (y asquerosas también) sobre nuestra cultura. Tristemente no la puedo seguir estudiando porque voy al bachiller de ciencias, que sino la daba con mucho gusto. :)
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Re: Noticias destacadas (16ª sesión)

Mensaje por lokoloks »

Capitan Pillo escribió: Jue Sep 21, 2023 5:04 pm
lokoloks escribió: Jue Sep 21, 2023 4:57 pm Dejando de lado lo de La Rioja.
No, dejando de lado lo de la Rioja porque viene mal no.

l https://www.larioja.com/la-rioja/tsjr ... nt_amp.htm

Nose cuánto es verdad, si lo es, ni en qué grado. No he buscado mucho, he hecho búsqueda rápida, pero salen cosas.
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Capitan Pillo
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Re: Noticias destacadas (16ª sesión)

Mensaje por Capitan Pillo »

dswitchfofo escribió: Jue Sep 21, 2023 5:20 pm
Capitan Pillo escribió: Jue Sep 21, 2023 5:04 pm Que, by the way sospecho que mamá no te lo explicó, tu CULTURA ESPAÑOLA WALALALALA OLE TOROS PAELLA. Es en un aplastante cantidad, musulmana JOAJOAJOAJOAJOJO
En ningún momento dije que la cultura española no mamara de la musulmana, todo lo contrario JKAJKAAJKAJKAJK
dswitchfofo escribió: Mié Sep 20, 2023 12:59 pm España fue un país islámico en su momento con la conquista de los musulmanes y claramente hemos sacado muchas cosas tanto buenas como malas de ahí.
Y bueno por si había alguna duda, está claro que no toda la cultura de España se reduce a toros (que como dato me parece mierdosa a más no poder) y comida. Hay una cosa que se llama "Historia" la cual he dado en la ESO que me ha enseñado muchas cosas bonitas (y asquerosas también) sobre nuestra cultura. Tristemente no la puedo seguir estudiando porque voy al bachiller de ciencias, que sino la daba con mucho gusto. :)
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lokoloks escribió: Jue Sep 21, 2023 5:21 pm
Capitan Pillo escribió: Jue Sep 21, 2023 5:04 pm
lokoloks escribió: Jue Sep 21, 2023 4:57 pm Dejando de lado lo de La Rioja.
No, dejando de lado lo de la Rioja porque viene mal no.

l https://www.larioja.com/la-rioja/tsjr ... nt_amp.htm

Nose cuánto es verdad, si lo es, ni en qué grado. No he buscado mucho, he hecho búsqueda rápida, pero salen cosas.
No, no salen cosas, sale un 404 not found
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Re: Noticias destacadas (16ª sesión)

Mensaje por lokoloks »

Capitan Pillo escribió: Jue Sep 21, 2023 5:23 pm
dswitchfofo escribió: Jue Sep 21, 2023 5:20 pm
Capitan Pillo escribió: Jue Sep 21, 2023 5:04 pm Que, by the way sospecho que mamá no te lo explicó, tu CULTURA ESPAÑOLA WALALALALA OLE TOROS PAELLA. Es en un aplastante cantidad, musulmana JOAJOAJOAJOAJOJO
En ningún momento dije que la cultura española no mamara de la musulmana, todo lo contrario JKAJKAAJKAJKAJK
dswitchfofo escribió: Mié Sep 20, 2023 12:59 pm España fue un país islámico en su momento con la conquista de los musulmanes y claramente hemos sacado muchas cosas tanto buenas como malas de ahí.
Y bueno por si había alguna duda, está claro que no toda la cultura de España se reduce a toros (que como dato me parece mierdosa a más no poder) y comida. Hay una cosa que se llama "Historia" la cual he dado en la ESO que me ha enseñado muchas cosas bonitas (y asquerosas también) sobre nuestra cultura. Tristemente no la puedo seguir estudiando porque voy al bachiller de ciencias, que sino la daba con mucho gusto. :)
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lokoloks escribió: Jue Sep 21, 2023 5:21 pm
Capitan Pillo escribió: Jue Sep 21, 2023 5:04 pm


No, dejando de lado lo de la Rioja porque viene mal no.

l https://www.larioja.com/la-rioja/tsjr ... nt_amp.htm

Nose cuánto es verdad, si lo es, ni en qué grado. No he buscado mucho, he hecho búsqueda rápida, pero salen cosas.
No, no salen cosas, sale un 404 not found
https://www.larioja.com/la-rioja/tsjr-r ... t_amp.html

Faltaba la l de html
Según entiendo se lo rebajan porque le ponen el mínimo penal previsto. Repito la he leído rápido.

https://www.eldiadelarioja.es/noticia/z ... l-si-es-si

Y encontré otra que hablaba de 4 casos en total. Puedes buscar!

Esto no es una competición de que comunidad reduce más o menos Pillo.
Kevuardo escribió: Jue Sep 21, 2023 5:17 pm
"ES QUE NO SE PUEDE DEBATIR PORQUE DEJO DE TENER RAZÓN."
Te lo explico por última vez ya por pena.
Mientes, tergiversas, citas entrecomillas cosas que no he dicho y no tienes el mínimo de comprensión lectora para poder debatir contigo si nuestras posturas difieren.

No tienes nada que me interese. Y aprendido se viene de casa. Y esto lo has empezado tu, “bonito”
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Kevuardo
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Re: Noticias destacadas (16ª sesión)

Mensaje por Kevuardo »

Todo mentira.
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Re: Noticias destacadas (16ª sesión)

Mensaje por Capitan Pillo »

lokoloks escribió: Jue Sep 21, 2023 5:28 pm
https://www.larioja.com/la-rioja/tsjr-r ... t_amp.html

Faltaba la l de html
Vamos por partes, ok?

1º- No has respondido a mi pregunta

2º-No hay ningún tipo de disclaimer en la web sobre la legalidad y veracidad de las noticias. Si yo actuase como actuais vosotros, ya sería óbice para enrocarme. Porque ahora mismo el que me falta al respeto, eres tú, a base de hacerte el longuis y no dar una respuesta a una pregunta que te he hecho.

3º-Quien ha aprobado esta reducción y denegado la revisión de esta acción, es el TSJ, ese que tenemos problemillas desde hace más de 4 años.

4º- Si aun se diese el caso de no haber detrás la sombra de esa gente. Vuelvo a preguntar. Y que? De 54 revisiones, el TSJ aprovechó para reducir una. Ese uno ahora inhabilita los más de 50 en que no fue así, y que por lo que sea, no son el ejemplo que queréis mirar?
Así que vuelvo a la cuestión, si yo robo una tienda en Villaperros de arriba y me condenan por ley a 1 año de carcel. Y luego robo una tienda en Villaperros de abajo, y el juez no ve delito porque el dependiente no estaba atento. De quien es la culpa? De la ley o del juez.

Pero sigamos, yo puede que no lleve tirantes y no sea un abogado de la gran ciudad, pero repasemos la ley del Si es solo es Si, y el trabajo que hacen los jueces. Para ello en su momento con todo el lio, consulte a un señor mucho mas abogado de mucha más grande ciudad, y tirantes más elásticos, el señor Jacinto Morano:

La Ley de Garantías de la Libertad Sexual tiene muchos objetivos uno de ellos es fusionar los delitos de abuso sexual (actos sexuales sin consentimiento) con la agresión sexual (cuando mediaba violencia o intimidación), que anteriormente eran dos. a motivación de esto es poner en el centro el consentimiento. La motivación es poner el consentimiento en el centro de todo y acabar con las estrategias de defensa de la regulación anterior sobre si la víctima se resistió o no (para probar la intimidación), que suponían revictimizar y focalizar el proceso en los actos de la víctima.
Que en realidad no es una cosa nuestra al 100%, es una continuación Convenio de Estambul, ratificado por España en 2014.
Que por qué no se ha traspuesto esto hasta la llegada de Podemos al gobierno y no se aplicaron unas medidas aprobadas en 2014? NO PUEDE SABERSE ELPPESELQUEMEJORGOBIERNAYADMINISTRALAECONOMIA@.COM
Y que por alguna loca razón, Europa no ve problema en ello:

La Eurocámara avala el modelo del 'sólo sí es sí' en la futura ley europea contra la violencia machista
https://www.eldiario.es/internacional/e ... 32859.html

Ahora sólo hay un delito: Agresión sexual, con penas de 1 -4 años (si no hay acceso carnal) o de 4-12 años (cuando sí).
Antes había 2:
Abuso, con penas de multa (si no había contacto física) o de 4-10 años (cuando lo había)
Agresión, de 1-4 años (sin) o 6-12 (con)

Como con toda reforma penal, es necesario revisar las condenas que se han impuesto, por ver si aplicando la nueva regulación hubiera un resultado más beneficioso para los condenados:

Imagen

En un primer vistazo vemos que las personas que fueron condenadas por abuso ahora lo serían por agresión a penas iguales o más elevadas, lo que no genera revisiones (wait 4 it).
Lo mismo para la agresión sin acceso fisico

-Las personas condenadas por agresión con contacto físico(antigua, que requiere violencia o intimidación) serían condenadas por agresión (nueva, que no la requiere)
Ésta tiene una pena entre 4-12 años, frente a los 6-12 antiguos

Aquí hay un límite inferior menor:

1º-Quien fue condenado a 6 años se le baja a 4 (incluso a los demás en proporción)
2º-Lo puede volver a ser con el nuevo texto, está dentro de la horquilla, no hay que revisar

¿Qué criterio se adopta?

Pues aquí es donde entran nuestros amigos LOS JUECES. Esa gentecilla que hasta hace 3 días, no veía violación si la victima era un actriz, o si llevaba un tanga. Esa gente respetable, de la que Europa no lleva 4 años pidiendo explicaciones sobre los delirantes niveles de corrupción y puertas giratorias que se traen, no?

Pues bien, volviendo al criterio... Cual se usa? Vamos a la Disposición Transitoria Quinta del Código Penal del 95, está claro, la opción b). Como la pena está dentro de la nueva horquilla, no hay que cambiarla

https://noticias.juridicas.com/external ... 20judicial.

Ese fue en realidad, el criterio seguido por la INMENSA MAYORÍA de las resoluciones que se revisaron penas (las 54 de la Audiencia Provincial de La Rioja, 4 exaimple)

Algunos dijeron en su día que: Aunque esa Disposición Transitoria Quinta está en vigor (nadie la ha derogado y sigue en el CP) no es aplicable, porque las transitorias son para cuando entró en vigor el código penal (1995).

Esto cuesta cuando las revisiones de resoluciones no firmes están siguiendo las reglas que impone la Disposición Transitoria Novena de la misma norma
Imagen
Las dos cosas no pueden ser a la vez. O valen todas las transitorias o no vale ninguna

Pero asumamos que no es aplicable, surge otro problema:

SON DELITOS DISTINTOS

Aunque se llamen agresión sexual, los elementos del tipo son diferentes. La antigua requiere violencia o intimidación, la nueva no.
A TODOS los que se condenó por agresión sexual, en su sentencia se estableció que medió violencia o intimidación

Esto no se penó separadamente, estaba integrado en los elementos del tipo (que por eso tenía más pena que el abuso) Pero ya no lo está.
Así, que, con la nueva ley, además de penar por agresión (nueva) habría que penar la violencia o intimidación. Esto constituye un delito de coacciones, y además en derechos fundamentales: De 1 año a 3 años

Como se trata de un delito que se comete para perpetrar otro, nos vamos a las reglas del concurso medial, no se puede imponer la pena mínima.

Por lo tanto no se puede considerar ley más favorable la nueva para bajarlo a la nueva mínima. Lo que no se puede pretender es fijarse sólo en la pena, porque no se ha rebajado la pena de un delito.
Se ha creado un delito nuevo. Si aplicas la ley nueva no la puedes hacer picando donde interesa, la aplicas íntegra (porque si no ya no sabes si no es la ley más favorable)
Pues bien, los jueces se han dedicado a hace resoluciones de pura aritmética: reducir proporcionalmente la pena en función de lo que ha bajado el mínimo (de otro delito)

No hay NINGUNA resolución del Tribunal Supremo que sostenga esto.

Algunas son... curiosas.

El tribunal, que penó por delito contra la libertad sexual por abuso de autoridad (integrante del antiguo 182), modifica porque ahora la ley establece “abuso de superioridad” (178.2)

Shit yourself parrot.

En un sonadísimo caso en que Libertad Digital (ese periódico) decidió usar como espada y que tuvo que borrar ante la aplastante ilegalidad en la moral judicial del asunto.


Se comentó que aplicar la revisión por este criterio (el de la Disposición Adicional) sería inconstitucional. Pues eso es complicado, porque entonces TODAS las revisiones que se han realizado de sentencias firmes en todas las reformas son NULAS
Y lo serían porque el legislador en una transitoria no puede cargarse el principio de retroactividad favorable. Así que no modificar cuando se está en la horquilla ES aplicar el principio de retroactividad favorable.

Luego está la cuestión de si se puede criticar resoluciones judiciales o decir que las convicciones de los jueces influyen, que viendo el panorama de esta decada, yo diría que no solo no es importante sino que ES el foco del asunto.

Porque por X razón la ley está mal de base pero en Europa se han desecho en alagos por ella. Mientras en Españita, un país donde día a día nos levantamos con una trama de cloacas estatales, que embarran a jueces y periodistas por docenas. Decidimos que los paladines por una causa justa, eran esos mismos jueces haciendo malabares con la ley como quieren y los mismos periodistas que legalmente, no pueden decir que lo son fuera de España.



Así que vuelvo a hacerte la pregunta. Dónde reside la culpa?
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Mensaje por lokoloks »

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Capitan Pillo escribió: Jue Sep 21, 2023 6:06 pm
lokoloks escribió: Jue Sep 21, 2023 5:28 pm
https://www.larioja.com/la-rioja/tsjr-r ... t_amp.html

Faltaba la l de html
Vamos por partes, ok?

1º- No has respondido a mi pregunta

2º-No hay ningún tipo de disclaimer en la web sobre la legalidad y veracidad de las noticias. Si yo actuase como actuais vosotros, ya sería óbice para enrocarme. Porque ahora mismo el que me falta al respeto, eres tú, a base de hacerte el longuis y no dar una respuesta a una pregunta que te he hecho.

3º-Quien ha aprobado esta reducción y denegado la revisión de esta acción, es el TSJ, ese que tenemos problemillas desde hace más de 4 años.

4º- Si aun se diese el caso de no haber detrás la sombra de esa gente. Vuelvo a preguntar. Y que? De 54 revisiones, el TSJ aprovechó para reducir una. Ese uno ahora inhabilita los más de 50 en que no fue así, y que por lo que sea, no son el ejemplo que queréis mirar?
Así que vuelvo a la cuestión, si yo robo una tienda en Villaperros de arriba y me condenan por ley a 1 año de carcel. Y luego robo una tienda en Villaperros de abajo, y el juez no ve delito porque el dependiente no estaba atento. De quien es la culpa? De la ley o del juez.

Pero sigamos, yo puede que no lleve tirantes y no sea un abogado de la gran ciudad, pero repasemos la ley del Si es solo es Si, y el trabajo que hacen los jueces. Para ello en su momento con todo el lio, consulte a un señor mucho mas abogado de mucha más grande ciudad, y tirantes más elásticos, el señor Jacinto Morano:

La Ley de Garantías de la Libertad Sexual tiene muchos objetivos uno de ellos es fusionar los delitos de abuso sexual (actos sexuales sin consentimiento) con la agresión sexual (cuando mediaba violencia o intimidación), que anteriormente eran dos. a motivación de esto es poner en el centro el consentimiento. La motivación es poner el consentimiento en el centro de todo y acabar con las estrategias de defensa de la regulación anterior sobre si la víctima se resistió o no (para probar la intimidación), que suponían revictimizar y focalizar el proceso en los actos de la víctima.
Que en realidad no es una cosa nuestra al 100%, es una continuación Convenio de Estambul, ratificado por España en 2014.
Que por qué no se ha traspuesto esto hasta la llegada de Podemos al gobierno y no se aplicaron unas medidas aprobadas en 2014? NO PUEDE SABERSE ELPPESELQUEMEJORGOBIERNAYADMINISTRALAECONOMIA@.COM
Y que por alguna loca razón, Europa no ve problema en ello:

La Eurocámara avala el modelo del 'sólo sí es sí' en la futura ley europea contra la violencia machista
https://www.eldiario.es/internacional/e ... 32859.html

Ahora sólo hay un delito: Agresión sexual, con penas de 1 -4 años (si no hay acceso carnal) o de 4-12 años (cuando sí).
Antes había 2:
Abuso, con penas de multa (si no había contacto física) o de 4-10 años (cuando lo había)
Agresión, de 1-4 años (sin) o 6-12 (con)

Como con toda reforma penal, es necesario revisar las condenas que se han impuesto, por ver si aplicando la nueva regulación hubiera un resultado más beneficioso para los condenados:

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En un primer vistazo vemos que las personas que fueron condenadas por abuso ahora lo serían por agresión a penas iguales o más elevadas, lo que no genera revisiones (wait 4 it).
Lo mismo para la agresión sin acceso fisico

-Las personas condenadas por agresión con contacto físico(antigua, que requiere violencia o intimidación) serían condenadas por agresión (nueva, que no la requiere)
Ésta tiene una pena entre 4-12 años, frente a los 6-12 antiguos

Aquí hay un límite inferior menor:

1º-Quien fue condenado a 6 años se le baja a 4 (incluso a los demás en proporción)
2º-Lo puede volver a ser con el nuevo texto, está dentro de la horquilla, no hay que revisar

¿Qué criterio se adopta?

Pues aquí es donde entran nuestros amigos LOS JUECES. Esa gentecilla que hasta hace 3 días, no veía violación si la victima era un actriz, o si llevaba un tanga. Esa gente respetable, de la que Europa no lleva 4 años pidiendo explicaciones sobre los delirantes niveles de corrupción y puertas giratorias que se traen, no?

Pues bien, volviendo al criterio... Cual se usa? Vamos a la Disposición Transitoria Quinta del Código Penal del 95, está claro, la opción b). Como la pena está dentro de la nueva horquilla, no hay que cambiarla

https://noticias.juridicas.com/external ... 20judicial.

Ese fue en realidad, el criterio seguido por la INMENSA MAYORÍA de las resoluciones que se revisaron penas (las 54 de la Audiencia Provincial de La Rioja, 4 exaimple)

Algunos dijeron en su día que: Aunque esa Disposición Transitoria Quinta está en vigor (nadie la ha derogado y sigue en el CP) no es aplicable, porque las transitorias son para cuando entró en vigor el código penal (1995).

Esto cuesta cuando las revisiones de resoluciones no firmes están siguiendo las reglas que impone la Disposición Transitoria Novena de la misma norma
Imagen
Las dos cosas no pueden ser a la vez. O valen todas las transitorias o no vale ninguna

Pero asumamos que no es aplicable, surge otro problema:

SON DELITOS DISTINTOS

Aunque se llamen agresión sexual, los elementos del tipo son diferentes. La antigua requiere violencia o intimidación, la nueva no.
A TODOS los que se condenó por agresión sexual, en su sentencia se estableció que medió violencia o intimidación

Esto no se penó separadamente, estaba integrado en los elementos del tipo (que por eso tenía más pena que el abuso) Pero ya no lo está.
Así, que, con la nueva ley, además de penar por agresión (nueva) habría que penar la violencia o intimidación. Esto constituye un delito de coacciones, y además en derechos fundamentales: De 1 año a 3 años

Como se trata de un delito que se comete para perpetrar otro, nos vamos a las reglas del concurso medial, no se puede imponer la pena mínima.

Por lo tanto no se puede considerar ley más favorable la nueva para bajarlo a la nueva mínima. Lo que no se puede pretender es fijarse sólo en la pena, porque no se ha rebajado la pena de un delito.
Se ha creado un delito nuevo. Si aplicas la ley nueva no la puedes hacer picando donde interesa, la aplicas íntegra (porque si no ya no sabes si no es la ley más favorable)
Pues bien, los jueces se han dedicado a hace resoluciones de pura aritmética: reducir proporcionalmente la pena en función de lo que ha bajado el mínimo (de otro delito)

No hay NINGUNA resolución del Tribunal Supremo que sostenga esto.

Algunas son... curiosas.

El tribunal, que penó por delito contra la libertad sexual por abuso de autoridad (integrante del antiguo 182), modifica porque ahora la ley establece “abuso de superioridad” (178.2)

Shit yourself parrot.

En un sonadísimo caso en que Libertad Digital (ese periódico) decidió usar como espada y que tuvo que borrar ante la aplastante ilegalidad en la moral judicial del asunto.


Se comentó que aplicar la revisión por este criterio (el de la Disposición Adicional) sería inconstitucional. Pues eso es complicado, porque entonces TODAS las revisiones que se han realizado de sentencias firmes en todas las reformas son NULAS
Y lo serían porque el legislador en una transitoria no puede cargarse el principio de retroactividad favorable. Así que no modificar cuando se está en la horquilla ES aplicar el principio de retroactividad favorable.

Luego está la cuestión de si se puede criticar resoluciones judiciales o decir que las convicciones de los jueces influyen, que viendo el panorama de esta decada, yo diría que no solo no es importante sino que ES el foco del asunto.

Porque por X razón la ley está mal de base pero en Europa se han desecho en alagos por ella. Mientras en Españita, un país donde día a día nos levantamos con una trama de cloacas estatales, que embarran a jueces y periodistas por docenas. Decidimos que los paladines por una causa justa, eran esos mismos jueces haciendo malabares con la ley como quieren y los mismos periodistas que legalmente, no pueden decir que lo son fuera de España.



Así que vuelvo a hacerte la pregunta. Dónde reside la culpa?
Pero yo no he quitado la culpa a los jueces en ningún caso. He recalcado que muchos jueces, debido al bloqueo de la renovación del poder judicial, rebajarán penas por influencias políticas. Y muchos de ellos serán unos corruptos. Si te doy la razón en esto.

Simplemente digo que para mi también es culpable, y quizá un poco más, que la ley no estea del todo bien hecha. Y eso es responsabilidad del gobierno de turno(psoe y podemos) y del ministerio que impulsa esa ley. Que el fondo de esa ley es bueno, pero se podía hacer mejor.

No estamos muy lejos de pensamiento, aunque no lo creas. En ningún caso le echo la culpa al ministerio X y exculpo a los jueces. Culpo a ambos.
Creo que el tema se ha ido de madre por no habernos entendido bien, y no merece la pena seguir ultraposteando sobre lo mismo.
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Re: Noticias destacadas (16ª sesión)

Mensaje por thebodhman »

lokoloks escribió: Jue Sep 21, 2023 6:30 pm
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Capitan Pillo escribió: Jue Sep 21, 2023 6:06 pm
lokoloks escribió: Jue Sep 21, 2023 5:28 pm
https://www.larioja.com/la-rioja/tsjr-r ... t_amp.html

Faltaba la l de html
Vamos por partes, ok?

1º- No has respondido a mi pregunta

2º-No hay ningún tipo de disclaimer en la web sobre la legalidad y veracidad de las noticias. Si yo actuase como actuais vosotros, ya sería óbice para enrocarme. Porque ahora mismo el que me falta al respeto, eres tú, a base de hacerte el longuis y no dar una respuesta a una pregunta que te he hecho.

3º-Quien ha aprobado esta reducción y denegado la revisión de esta acción, es el TSJ, ese que tenemos problemillas desde hace más de 4 años.

4º- Si aun se diese el caso de no haber detrás la sombra de esa gente. Vuelvo a preguntar. Y que? De 54 revisiones, el TSJ aprovechó para reducir una. Ese uno ahora inhabilita los más de 50 en que no fue así, y que por lo que sea, no son el ejemplo que queréis mirar?
Así que vuelvo a la cuestión, si yo robo una tienda en Villaperros de arriba y me condenan por ley a 1 año de carcel. Y luego robo una tienda en Villaperros de abajo, y el juez no ve delito porque el dependiente no estaba atento. De quien es la culpa? De la ley o del juez.

Pero sigamos, yo puede que no lleve tirantes y no sea un abogado de la gran ciudad, pero repasemos la ley del Si es solo es Si, y el trabajo que hacen los jueces. Para ello en su momento con todo el lio, consulte a un señor mucho mas abogado de mucha más grande ciudad, y tirantes más elásticos, el señor Jacinto Morano:

La Ley de Garantías de la Libertad Sexual tiene muchos objetivos uno de ellos es fusionar los delitos de abuso sexual (actos sexuales sin consentimiento) con la agresión sexual (cuando mediaba violencia o intimidación), que anteriormente eran dos. a motivación de esto es poner en el centro el consentimiento. La motivación es poner el consentimiento en el centro de todo y acabar con las estrategias de defensa de la regulación anterior sobre si la víctima se resistió o no (para probar la intimidación), que suponían revictimizar y focalizar el proceso en los actos de la víctima.
Que en realidad no es una cosa nuestra al 100%, es una continuación Convenio de Estambul, ratificado por España en 2014.
Que por qué no se ha traspuesto esto hasta la llegada de Podemos al gobierno y no se aplicaron unas medidas aprobadas en 2014? NO PUEDE SABERSE ELPPESELQUEMEJORGOBIERNAYADMINISTRALAECONOMIA@.COM
Y que por alguna loca razón, Europa no ve problema en ello:

La Eurocámara avala el modelo del 'sólo sí es sí' en la futura ley europea contra la violencia machista
https://www.eldiario.es/internacional/e ... 32859.html

Ahora sólo hay un delito: Agresión sexual, con penas de 1 -4 años (si no hay acceso carnal) o de 4-12 años (cuando sí).
Antes había 2:
Abuso, con penas de multa (si no había contacto física) o de 4-10 años (cuando lo había)
Agresión, de 1-4 años (sin) o 6-12 (con)

Como con toda reforma penal, es necesario revisar las condenas que se han impuesto, por ver si aplicando la nueva regulación hubiera un resultado más beneficioso para los condenados:

Imagen

En un primer vistazo vemos que las personas que fueron condenadas por abuso ahora lo serían por agresión a penas iguales o más elevadas, lo que no genera revisiones (wait 4 it).
Lo mismo para la agresión sin acceso fisico

-Las personas condenadas por agresión con contacto físico(antigua, que requiere violencia o intimidación) serían condenadas por agresión (nueva, que no la requiere)
Ésta tiene una pena entre 4-12 años, frente a los 6-12 antiguos

Aquí hay un límite inferior menor:

1º-Quien fue condenado a 6 años se le baja a 4 (incluso a los demás en proporción)
2º-Lo puede volver a ser con el nuevo texto, está dentro de la horquilla, no hay que revisar

¿Qué criterio se adopta?

Pues aquí es donde entran nuestros amigos LOS JUECES. Esa gentecilla que hasta hace 3 días, no veía violación si la victima era un actriz, o si llevaba un tanga. Esa gente respetable, de la que Europa no lleva 4 años pidiendo explicaciones sobre los delirantes niveles de corrupción y puertas giratorias que se traen, no?

Pues bien, volviendo al criterio... Cual se usa? Vamos a la Disposición Transitoria Quinta del Código Penal del 95, está claro, la opción b). Como la pena está dentro de la nueva horquilla, no hay que cambiarla

https://noticias.juridicas.com/external ... 20judicial.

Ese fue en realidad, el criterio seguido por la INMENSA MAYORÍA de las resoluciones que se revisaron penas (las 54 de la Audiencia Provincial de La Rioja, 4 exaimple)

Algunos dijeron en su día que: Aunque esa Disposición Transitoria Quinta está en vigor (nadie la ha derogado y sigue en el CP) no es aplicable, porque las transitorias son para cuando entró en vigor el código penal (1995).

Esto cuesta cuando las revisiones de resoluciones no firmes están siguiendo las reglas que impone la Disposición Transitoria Novena de la misma norma
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Las dos cosas no pueden ser a la vez. O valen todas las transitorias o no vale ninguna

Pero asumamos que no es aplicable, surge otro problema:

SON DELITOS DISTINTOS

Aunque se llamen agresión sexual, los elementos del tipo son diferentes. La antigua requiere violencia o intimidación, la nueva no.
A TODOS los que se condenó por agresión sexual, en su sentencia se estableció que medió violencia o intimidación

Esto no se penó separadamente, estaba integrado en los elementos del tipo (que por eso tenía más pena que el abuso) Pero ya no lo está.
Así, que, con la nueva ley, además de penar por agresión (nueva) habría que penar la violencia o intimidación. Esto constituye un delito de coacciones, y además en derechos fundamentales: De 1 año a 3 años

Como se trata de un delito que se comete para perpetrar otro, nos vamos a las reglas del concurso medial, no se puede imponer la pena mínima.

Por lo tanto no se puede considerar ley más favorable la nueva para bajarlo a la nueva mínima. Lo que no se puede pretender es fijarse sólo en la pena, porque no se ha rebajado la pena de un delito.
Se ha creado un delito nuevo. Si aplicas la ley nueva no la puedes hacer picando donde interesa, la aplicas íntegra (porque si no ya no sabes si no es la ley más favorable)
Pues bien, los jueces se han dedicado a hace resoluciones de pura aritmética: reducir proporcionalmente la pena en función de lo que ha bajado el mínimo (de otro delito)

No hay NINGUNA resolución del Tribunal Supremo que sostenga esto.

Algunas son... curiosas.

El tribunal, que penó por delito contra la libertad sexual por abuso de autoridad (integrante del antiguo 182), modifica porque ahora la ley establece “abuso de superioridad” (178.2)

Shit yourself parrot.

En un sonadísimo caso en que Libertad Digital (ese periódico) decidió usar como espada y que tuvo que borrar ante la aplastante ilegalidad en la moral judicial del asunto.


Se comentó que aplicar la revisión por este criterio (el de la Disposición Adicional) sería inconstitucional. Pues eso es complicado, porque entonces TODAS las revisiones que se han realizado de sentencias firmes en todas las reformas son NULAS
Y lo serían porque el legislador en una transitoria no puede cargarse el principio de retroactividad favorable. Así que no modificar cuando se está en la horquilla ES aplicar el principio de retroactividad favorable.

Luego está la cuestión de si se puede criticar resoluciones judiciales o decir que las convicciones de los jueces influyen, que viendo el panorama de esta decada, yo diría que no solo no es importante sino que ES el foco del asunto.

Porque por X razón la ley está mal de base pero en Europa se han desecho en alagos por ella. Mientras en Españita, un país donde día a día nos levantamos con una trama de cloacas estatales, que embarran a jueces y periodistas por docenas. Decidimos que los paladines por una causa justa, eran esos mismos jueces haciendo malabares con la ley como quieren y los mismos periodistas que legalmente, no pueden decir que lo son fuera de España.



Así que vuelvo a hacerte la pregunta. Dónde reside la culpa?
Pero yo no he quitado la culpa a los jueces en ningún caso. He recalcado que muchos jueces, debido al bloqueo de la renovación del poder judicial, rebajarán penas por influencias políticas. Y muchos de ellos serán unos corruptos. Si te doy la razón en esto.

Simplemente digo que para mi también es culpable, y quizá un poco más, que la ley no estea del todo bien hecha. Y eso es responsabilidad del gobierno de turno(psoe y podemos) y del ministerio que impulsa esa ley. Que el fondo de esa ley es bueno, pero se podía hacer mejor.

No estamos muy lejos de pensamiento, aunque no lo creas. En ningún caso le echo la culpa al ministerio X y exculpo a los jueces. Culpo a ambos.
Creo que el tema se ha ido de madre por no habernos entendido bien, y no merece la pena seguir ultraposteando sobre lo mismo.
Yo sin embargo voy a volver a recalcar esto:
thebodhman escribió: Jue Sep 21, 2023 3:40 pm Supongo que había que predecir que los jueces iban a ser tan mierdasecas de rebajarles las condenas a los violadores sin que la ley les forzase a ello. Yo que pensaba que nos podiamos fiar de que no hiciesen una gracia como esa solo por motivación política...
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Y en verdad os digo, hermanos, que si usáis los dorikis para justificar escalas de poder, es que sois medio tontos.

Thebodhman, 4:20
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Mensaje por Monet vobiscum »

Irvine escribió: Jue Sep 21, 2023 3:03 pm
Poison Belmont escribió: Jue Sep 21, 2023 1:41 pm
Irvine escribió: Jue Sep 21, 2023 1:09 pm
Creo que el más edgy del foro 2023 eres tú
Me sorprende que conozcas la palabra “edgy” , cuando el único idioma que conoces es el de Pikachu y Bulbasaur..
Le responden a Irvine sobre sus actitudes protectoras de "Machotes Tocamuchos":

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Sr_Eames escribió:Si aparece Cocodrilo me referiré a ti como el Dios de esta página, macho.
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Mensaje por Blaster »

thebodhman escribió: Jue Sep 21, 2023 5:15 pm Ah, shit. Here we go again.
thebodhman escribió: Jue Sep 21, 2023 3:40 pm Supongo que había que predecir que los jueces iban a ser tan mierdasecas de rebajarles las condenas a los violadores sin que la ley les forzase a ello. Yo que pensaba que nos podiamos fiar de que no hiciesen una gracia como esa solo por motivación política...
En serio, ¿en qué país civilizado habría que planear de antemano que los jueces vayan a ser unos canallas como para hacer esto?
Pues visto lo visto, en España. Muy lamentable todo. Lo siento por los jueces pero aquí ha habido mucha motivación política a la hora de hacer las reducciones de penas. Si hasta ha salido casos de jueces que avisaban a los abogados para que pidieran las rebajas...

Esto lo entendería cualquier persona con dos dedos de frente que quisiera informarse. Pero como en este país la gente pasa de informarse y se agarra al primer argumento populista que escuchan, pues la mala es Irene...
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Mensaje por Kevuardo »

Sed medio listos y haced como Mago&Marc y Moctezuma: quedaos calladitos 1 o 2 días (keep a low profile) hasta que los putos rojos refutadores de mentiras nos calmemos un poco y volvéis a la carga con vuestras defecaciones cerebrales habituales sin hacer alusión a lo de días previos. :ok:

Es gratis, es sencillo y a ellos parece que les funciona porque no les banean.
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Mensaje por lokoloks »

thebodhman escribió: Jue Sep 21, 2023 6:34 pm
thebodhman escribió: Jue Sep 21, 2023 3:40 pm Supongo que había que predecir que los jueces iban a ser tan mierdasecas de rebajarles las condenas a los violadores sin que la ley les forzase a ello. Yo que pensaba que nos podiamos fiar de que no hiciesen una gracia como esa solo por motivación política...
Pues con lo que cobran Thebodhman, deberían ponerse en todos los escenarios.No soy jurista. Pero entiendo que antes de sacar una ley así esto pasa por bastantes asesores. Además me suena de leer o ver en television(nose cuánto es verdad o mentira) que antes de que se aprobara la ley, el Consejo General del Poder Judicial de España, el órgano rector de la judicatura, había advertido que esto podría pasar. Ósea si parte del CGPJ que son los que luego están reduciendo te dicen que ojo, que esto puede llevar a reducción de condenas y tiras para adelante sin revisarlo… Nose, podrían haber sacado la misma ley, pero mejor hecha. Tampoco era taaaaaaaaaan difícil.

No llegaron a reformar aspectos de la ley? Cuando salió Pedro Sánchez a pedir disculpas

No voy a debatir más del tema. Pero no creo que mi postura sea taaaaaaaaaaaan difícil de comprender
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Monet vobiscum
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Re: Noticias destacadas (16ª sesión)

Mensaje por Monet vobiscum »

lokoloks escribió: Jue Sep 21, 2023 7:35 pm
thebodhman escribió: Jue Sep 21, 2023 6:34 pm
thebodhman escribió: Jue Sep 21, 2023 3:40 pm Supongo que había que predecir que los jueces iban a ser tan mierdasecas de rebajarles las condenas a los violadores sin que la ley les forzase a ello. Yo que pensaba que nos podiamos fiar de que no hiciesen una gracia como esa solo por motivación política...
Pues con lo que cobran Thebodhman, deberían ponerse en todos los escenarios.No soy jurista. Pero entiendo que antes de sacar una ley así esto pasa por bastantes asesores. Además me suena de leer o ver en television(nose cuánto es verdad o mentira) que antes de que se aprobara la ley, el Consejo General del Poder Judicial de España, el órgano rector de la judicatura, había advertido que esto podría pasar. Ósea si parte del CGPJ que son los que luego están reduciendo te dicen que ojo, que esto puede llevar a reducción de condenas y tiras para adelante sin revisarlo… Nose, podrían haber sacado la misma ley, pero mejor hecha. Tampoco era taaaaaaaaaan difícil.

No llegaron a reformar aspectos de la ley? Cuando salió Pedro Sánchez a pedir disculpas

No voy a debatir más del tema. Pero no creo que mi postura sea taaaaaaaaaaaan difícil de comprender
Después de que la gente más simple que un botijo le saltara al cuello (debido también a la propaganda de Pedro J y demás carroñeros mediáticos), es normal que PDR SNCHZ saliera a tratar de salvarse el culo, es un político y se basa en que los paletos de turno que dicen "Irene Montero mala" y que "sin ser juristas ni saber nada de leyes" hablen de lo malo que son las leyes.

Además no es de extrañar que cuando pueda le haga la zancadilla a Podemos, porque los votos que pierda Podemos van a ir al PSOE; al igual que los votos del PP-VOX-Ciudadanos pululan por ahí.
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Sr_Eames escribió:Si aparece Cocodrilo me referiré a ti como el Dios de esta página, macho.
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Re: Noticias destacadas (16ª sesión)

Mensaje por Irvine »

Monet vobiscum escribió: Jue Sep 21, 2023 6:50 pm
Irvine escribió: Jue Sep 21, 2023 3:03 pm
Poison Belmont escribió: Jue Sep 21, 2023 1:41 pm

Creo que el más edgy del foro 2023 eres tú
Me sorprende que conozcas la palabra “edgy” , cuando el único idioma que conoces es el de Pikachu y Bulbasaur..
Le responden a Irvine sobre sus actitudes protectoras de "Machotes Tocamuchos":

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Salió el “mono de Briviescas”de sus 4 paredes …¡aleluya !
En este foro creí que nadie podría superar a Esmir , que vive en un mundo paralelo , pero lo tuyo es aún superior . Estás en el limbo .
Un ente unidireccional, tergiversador de palabras , de titulares , de vídeos( que ni se los ve ) y ¡de sí mismo!

Tranquilo , ya te lo dije , algún día te devolverán los donuts, chavalin …
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